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Rigen nuevas sanciones por trabajadores en negro y mal registrados    
Autor:  Herrero & Marzioni Contadores Públicos Nacionales
Fecha:  4/3/2010
 

Rigen nuevas sanciones por trabajadores en negro y mal registrados 

La AFIP apunta a lograr una correcta registración de los empleados en relación de dependencia y el ingreso en tiempo y forma de los aportes y contribuciones de dichos trabajadores.

A través de la resolución general 2766 se sustituyen íntegramente las normas vigentes.  Se establece que la sanción se configura por cada trabajador detectado en infracción y el monto de la multa se fijará entre un mínimo de $240 y un máximo de $6.000.

Las infracciones pasibles de multa son:

  • Incumplimiento de la obligación de registrar debidamente el alta y/o baja de un trabajador.
  • Falta de registración o ausencia de los registros requeridos respecto de cada trabajador detectado en infracción.
  • Declaración formalmente errónea de los datos identificatorios  de cada trabajador detectado en infracción en la declaración jurada determinativa presentada, no subsanada dentro del plazo fijado.
  • Incumplimiento de la tramitación en término de la anulación de altas, es decir, cuando un empleador notifique la incorporación de un empleado al sistema, tendrá sólo 24 horas para anular el alta si, por el motivo que fuere, la relación laboral no se inicia (“Mi Simplificación”).
  • Atraso en el pago de los aportes y contribuciones por parte de los empleadores.

También la norma señala que debe realizarse la individualización de personas que generen derecho a la percepción de asignaciones familiares y demás datos que permitan una exacta evaluación de las obligaciones a su cargo.

 
 
Herrero & Marzioni Contadores Públicos Nacionales
La presente información constituye una síntesis e interpretación de las disposiciones relativas al tema mencionado. Antes de tomar decisiones empresarias recomendamos la lectura de las normas completas. Vea nuestra reserva de derechos.
 
 
 
 
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