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Bienes Personales: la AFIP define los valores para la declaración anual    
Autor:  Herrero & Marzioni Contadores Públicos Nacionales
Fecha:  5/3/2010
 

Bienes Personales: la AFIP define los valores para la declaración anual

La AFIP confeccionó el listado de los valores de referencia a tener en cuenta al momento de informar el patrimonio al 31 dediciembre de 2009, tal como lo requiere el Impuesto sobre los Bienes Personales.


La nueva resolución 2775 establece los montos a computar correspondientes a automóviles, pick-ups y motocicletas. Los mismos varían de acuerdo a la marca, el modelo y el año de fabricación.

La  normativa presenta las tablas a utilizarse, ordenadas mediante los siguientes anexos:

Anexo I - Valor de los automotores.

Anexo II - Valor de cotización de lasmonedas extranjeras.

Anexo III - Detalle de sociedades y fondoscomunes de inversión.

Anexo IV - Detalle del formato de catastrosegún la jurisdicción.

Anexo V - Detalle de entidades financieras.

Respecto a los automóviles, el valor  es asignado por la AFIP en función de la información que le brinda la Superintendencia de Seguros de la Nación, por lo tanto, es el valor asegurable de los  mismos.

Por otra parte, la norma  indica que la cotización de las acciones varía de acuerdo a la empresa emisora y al tipo de acción de que se trate y,  a fin de cuantificar los activos en moneda extranjera, el fisco estableció el tipo de cambio vigente al 31 de diciembre de 2009 respecto al dólar, euro, libra esterlina, francos suizos y yenes, entre otros.

Liquidación


Para efectuar la liquidación correspondiente al ejercicio 2009, se debe tener en cuenta el esquema legal vigente:

- Establece la aplicación de una alícuota de 0% para un total de bienes que no superen los $305.000.
- Se alcanza con el 0,5% a las personas con patrimonios mayores a $305.000 y menores a 750.000 pesos.

- A partir de ese monto se aplica el 0,75% hasta llegar a un patrimonio de dos millones.

- Rige una tasa del 1% para los patrimonios que se ubiquen entre los 2 y 5 millones de pesos.

- Quienes excedan los $5 millones tributan el 1,25 por ciento.



 
 
Herrero & Marzioni Contadores Públicos Nacionales
La presente información constituye una síntesis e interpretación de las disposiciones relativas al tema mencionado. Antes de tomar decisiones empresarias recomendamos la lectura de las normas completas. Vea nuestra reserva de derechos.
 
 
 
 
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