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Ganancias: el fisco duplica el cómputo de deudores incobrables    
Autor:  Herrero & Marzioni Contadores Públicos Nacionales
Fecha:  10/3/2010
 

Ganancias: el fisco duplica el cómputo de deudores incobrables

 

La AFIP decidió duplicar el importe máximo de los créditos morosos de escasa significación que las empresas pueden deducir de las utilidades alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias.

Mediante la resolución general 2791 el valor tope se elevó de $5.000 a $10.000. La nueva reglamentación será de aplicación  respecto de los ejercicios fiscales cuyos cierres se produzcan a partir del  16/03/2010.

 

Declaración anual

 

La AFIP también decidió cambiar  las reglas para la declaración anual de las empresas. Para ello, puso en marcha el nuevo software denominado “Ganancias personas jurídicas - Versión 9.0”.

La flamante herramienta web reformula la tarea de confección y presentación que deberán llevar adelante las compañías para cumplir con la obligación anual que vence a mediados de mayo próximo.

 

 
 
Herrero & Marzioni Contadores Públicos Nacionales
La presente información constituye una síntesis e interpretación de las disposiciones relativas al tema mencionado. Antes de tomar decisiones empresarias recomendamos la lectura de las normas completas. Vea nuestra reserva de derechos.
 
 
 
 
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