PAGO ELECTRÓNICO DE OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y PREVISIONALES
DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Con el dictado de la RG 1778/2004, la AFIP ha dispuesto la obligatoriedad para todos aquellos contribuyentes comprendidos en los sistemas de control diferenciados (RG 3282 y 3423) de efectuar los pagos de sus obligaciones impositivas y recursos de la seguridad social mediante la transferencia electrónica de fondos.
El nuevo régimen entra en vigencia a partir del 01/02/2005, fecha a partir de la cual los contribuyentes mencionados deberán:
- Presentar sus DD.JJ a través de internet.
- Generar el VEP -volante electrónico de pago.
- Optar por un medio de pago autorizados (Interbanking, pagomiscuentas.com de Red Banelco, y Red Link) al generar el VEP.
- Cancelar la obligación impositiva o previsional dentro de las 24 horas de generado el VEP, a través del medio de pago al generar el VEP.
Desde esta página podrá acceder a la información que necesita para evaluar las opciones disponibles con el fin de dar cumplimiento al nuevo régimen.