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PAGO ELECTRÓNICO DE OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y PREVISIONALES DE GRANDES CONTRIBUYENTES

Con el dictado de la RG 1778/2004, la AFIP ha dispuesto la obligatoriedad para todos aquellos contribuyentes comprendidos en los sistemas de control diferenciados (RG 3282 y 3423) de efectuar los pagos de sus obligaciones impositivas y recursos de la seguridad social mediante la transferencia electrónica de fondos.

El nuevo régimen entra en vigencia a partir del 01/02/2005, fecha a partir de la cual los contribuyentes mencionados deberán:

  • Presentar sus DD.JJ a través de internet.
  • Generar el VEP -volante electrónico de pago.
  • Optar por un medio de pago autorizados (Interbanking, pagomiscuentas.com de Red Banelco, y Red Link) al generar el VEP.
  • Cancelar la obligación impositiva o previsional dentro de las 24 horas de generado el VEP, a través del medio de pago al generar el VEP.

Desde esta página podrá acceder a la información que necesita para evaluar las opciones disponibles con el fin de dar cumplimiento al nuevo régimen.

 

 
 

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